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Documento BOE-B-2018-55327

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2018, páginas 70497 a 70497 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-55327

TEXTO

Edicto

Doña MARÍA ISABEL CERDÁ ANTÓN, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por Auto de fecha 31/10/2018 en el procedimiento con número de autos 000637/2018 y N.I.G. 03065-42-1-2018-0003884, se ha declarado en Concurso de acreedores Voluntario al deudor JUAN ANTONIO GAMERO MELGAR, con domicilio en calle Eduardo Ferrández García nº 33-4º-1 de Elche (Alicante) y N.I.F. Nº 33.488.567-S.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador concursal: Que ha sido nombrado don JUAN CARLOS SOLER OBRERO, Letrado n.º 430 del Ilustre Colegio de Abogados de Elche con domicilio postal para notificaciones: Elche (Alicante) C.P. 03203, avda. José Esquitino Sempere, n.º 1, bajo, dirección de correo electrónico para notificaciones y comunicaciones de crédito: jcsoler@icae.es; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: Elche (Alicante) C.P. 03203, avda. José Esquitino Sempere, n.º 1, bajo.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente «BOE».

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurdor que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de Liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

La publicación de las resoluciones judiciales o sus extractos tendrá un valor meramente informativo o de publicidad notoria.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 16 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administracion de Justicia, María Isabel Cerdá Antón.

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