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Documento BOE-B-2018-53766

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2018, páginas 68474 a 68475 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-53766

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

ANUNCIA

1.º-Que en el procedimiento número 588/2018, con NIG 4109142120180000793, se ha declarado en concurso voluntario con apertura de liquidación al deudor Alberto Montiel Gallardo, con DNI 52.272.701-A y se han dictado las siguientes resoluciones, Auto de 25/07/18 declarando el concurso, auto de 30/07/18 de rectificación de oficio y auto de 25/10/18 de rectificación a instancia de parte, en cuyas partes dispositivas se ha acordado lo siguiente:

Auto 25/07/18:

"1.-Declaro en concurso a D. Alberto Montiel Gallardo

2.-El concurso tendrá la consideración de consecutivo, voluntario y se tramitará por el procedimiento abreviado.

3.-Acuerdo la apertura de la fase de liquidación.

4.-Acuerdo dejar en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

5.-Declaro disuelto al concursado D. Alberto Montiel Gallardo cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

6.-Nombro administración concursal a D. Miguel Isasi Fernández de Bobadilla, DNI 28572469Ym vecino de Sevilla, Av. San Francisco Javier, n.º 9, Edf. Sevilla, 2 Plta, 10 Módulo, 2541018 tfn 954.654.502 Correo electrónico: isasi@economistas.org

7.-Acuerdo llamar a los acreedores de la concursada para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación habrá de realizarse directamente a la administración concursal en el modo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, no siendo válidas las comunicaciones dirigidas al Juzgado.

8.-Acuerdo dar traslado del plan de liquidación presentado por el deudor para que, en plazo común de DIEZ DÍAS, sea informado por el administrador concursal y los acreedores puedan realizar alegaciones."

Auto 30/07/18:

En el Fundamento de derecho primero, párrafo 3.º debe decir:: "Por tanto, al amparo de los artículos 14 y 22 de la Ley Concursal, procede dictar auto declarando en concurso voluntario al deudor Alberto Montiel Gallardo, que se tramitará como abreviado en atención a que el concurso no reviste especial complejidad atendiendo a la concurrencia de las circunstancias del artículo 190 de la Ley Concursal. ".

Auto 25/10/18:

En el fundamento de derecho primero, párrafo cuarto debe decir:

"Habiéndose presentado por la Administración concursal junto a la demanda, el informe del artículo 75 de la ley Concursal, procede dar traslado del mismo a las partes por un plazo de 10 días ".

-En el fundamento de derecho segundo, párrafo primero, debe decir: "Habiéndose presentado por la Administración concursal el Plan de Liquidación junto a la demanda, procede dar traslado del mismo a las partes por un plazo de 15 días para alegaciones".

-En la parte dispositiva, punto 8, debe decir: "Acuerdo dar traslado del plan de liquidación presentado por el Administrador concursal por un plazo de QUINCE DIAS a los acreedores para que puedan realizar alegaciones."

Sevilla, 8 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

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