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Documento BOE-B-2018-53494

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 12 de noviembre de 2018, páginas 68128 a 68128 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-53494

TEXTO

Edicto

Don Xavier Garda Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 238/2018. Sección: A.

NIG: 0801947120188009411.

Fecha del Auto de declaración. 1 de octubre de 2018.

Clase de concurso: Consecutivo.

Entidad concursada. Sebastián Antonio Utiel Nieto, con NIF 39182805M, con domicilio en calle Cremat, 16, 2.° 6.°, 08221 - Terrassa.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Laura Pedreño Vargas, de profesión abogada y economista.

Dirección postal: c/ Provenza, 238, 2.º I.ª 08008 Barcelona. Dirección electrónica: laura@pedreno.es.

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Del plan de liquidación dese traslado al deudor y acreedores por diez días para alegaciones.

El deudor y los acreedores dentro del plazo de alegaciones al plan de liquidación podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, de conformidad con el art. 242.8 de la LC.

Los acreedores podrán solicitar mediante escrito razonado la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 10 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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