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Documento BOE-B-2018-53226

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 10 de noviembre de 2018, páginas 67714 a 67714 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-53226

TEXTO

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil Numero Uno de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 771/2011, con NIG 1808742M20110000849 por auto de 27/09/18 relativo a la concursada CONSTRUCCIONES HERGAR E HIJOS, S.L. se ha acordado lo siguiente:

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Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad CONSTRUCCIONES HERGAR E HIJOS, S.L., Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración Concursal.

De conformidad a ello:

Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Cuarto: Requiérase a la Administración Concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.

Quinto: Se acuerda la extinción de CONSTRUCCIONES HERGAR E HIJOS, S.L.; Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad CONSTRUCCIONES HERGAR E HIJOS, S.L.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada.

Granada, 6 de noviembre de 2018.- La letrada de la Adminsitracion de Justicia, Alicia Pilar Raya García.

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