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Documento BOE-B-2018-52579

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2018, páginas 66855 a 66855 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-52579

TEXTO

E D I C T O

Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que por auto de fecha 24/10/2018 en el procedimiento con número de autos 000532/2018 y N.I.G. 03065-66-1-2018-0000520, se ha declarado en CONCURSO ORDINARIO [CNO] voluntario al concursado GLOBAL PREMIUN TRADE, S.L., domiciliada en Elche/Elx, Alicante, calle Marie Curie, n.º 31 (Parque Empresarial) y provista de CIF B-54599899, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3.574, libro 0, folio 183, hoja A-128284; y DISTRIBUCIÓN INTEGRAL DE TIENDAS, S.L., en Elche/Elx, Alicante, calle Marie Curie, n.º 31 (Parque Empresarial) y provista de CIF B-54059308, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2.987, libro 0, folio 194, hoja A-95341 representada por el procurador don Francisco Garcia Mora.

Facultades del concursado: intervenido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado ASC CONSULTORES ASOCIADOS, S.L.,siendo representante legal D. José Antonio Sánchez Carrasco, colegiado del Ilustre Colegio de economistas de Alicante con domicilio postal para notificaciones: en Alicante, c/ Bilbao,1, 2.º derecha, 03001-Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: administracion@asc-asociados.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Avda. de la Comunidad Valenciana, 51, entresuelo, Elche, cp 03201.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 29 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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