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Documento BOE-B-2018-48431

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 11 de octubre de 2018, páginas 61628 a 61628 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-48431

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrado/a de la Administración de Justicia Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado n.º2012/2016, de la entidadMedios Telefónicos de Tenerife, S.L. con Cif n.º B38400560 se la dictado Auto de fecha auto de fecha 5/6/18 se ha declarando el concurso, por el Juez de refuerzo JAT, D. Néstor Padilla Díaz del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente:

Declaro el concurso necesario de carácter abreviado de la entidad Medios Técnicos de Tenerife, S.L., C.I.F. B-38400560 inscrita en la Hoja Tf-11892, Tomo 1269, Folio 23 del Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Que debo acordar la Conclusión del presente concurso por insuficiencia de masa. El extracto de la declaración y conclusión de concurso se publicará, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el "Boletín Oficial del Estado", y contendrá únicamente los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo su Número de Identificación Fiscal, el juzgado competente, el número de autos y el Número de Identificación General del procedimiento, la fecha del auto de declaración de concurso. De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 RD 892/13 remítase a través de la aplicación electrónica al Registro Público Concursal para su inscripción en el mismo. No obstante, cuando no sea posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, las mismas serán entregadas al Procurador del solicitante del concurso que de inmediato los remitirá al Registro Público Concursal. Se acuerda la extinción de la sociedad Medios Técnicos de Tenerife, S.L., C.I.F. B-38400560, librando el correspondiente mandamiento al Registro Mercantil. Entréguense los respectivos oficios a la representación de la promotora para que cuide de su diligenciado y cumplimiento. Notifíquese el auto a las partes personadas. Contra la presente cabe, por el deudor y por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, que se computará, para las partes personadas desde la respectiva notificación del auto y para las no personadas desde la publicación del extracto en el BOE. Para la admisión del recurso deberá consignarse previamente la cantidad de 50 euros. Así por este Auto lo acuerda, manda y firma Néstor Padilla Díaz, Juez de refuerzo JAT, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife y su partido. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante tablón en este Juzgado, su publicación gratuíta en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Santa Cruz de Tenerife a, 6 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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