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Documento BOE-B-2018-48001

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2018, páginas 60960 a 60960 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-48001

TEXTO

Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 26 de septiembre de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000320/2014, NIG n.º 12040-66-2-2014-0000354, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Gimetrans Castello, S.L.", domiciliado en calle Jorge Juan, 66 A, Castellón y CIF/DNI número B12542056.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

"...1.-Se declara la conclusión del presente concurso de Gimetrans Castello SL" seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000320/2014-I., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal, así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Gimetrans Castello, S.L."., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso

En Castellón, 1 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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