Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:
Que en el procedimiento número 1208/2013-9, por Auto de fecha 28 de septiembre de 2018, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: Asociación de Mujeres Inmigrantes Marroquíes AMAL, con C.I.F. G41753898.
La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
1) La conclusión del proceso concursal de Asociación de Mujeres Inmigrantes Marroquíes AMAL, con C.I.F. G41753898 y domicilio en Sevilla, c/ Afán de Rivera N.º 201, Sevilla, llevado en este mismo juzgado con el n.º 1208/2013. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2) El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.
3) La declaración de extinción de la sociedad Asociación de Mujeres Inmigrantes Marroquíes AMAL, con C.I.F. G41753898 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.
Sevilla, 1 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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