Edicto
Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
Primero.-Que en el procedimiento número 1038/2018, por Auto dictado en fecha 20 de septiembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Olsoluz Impresores, S.L., con CIF: B85916500.
Segundo.-Que la mercantil Olsoluz Impresores, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
Tercero.-Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del artículo 176.bis Ley Concursal.
Cuarto.Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
Quinto.-Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Sexto.-Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 20 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
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