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Documento BOE-B-2018-45867

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2018, páginas 58202 a 58202 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-45867

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal nº 678/12 (NIG 2906742M20120001010) del deudor DESARROLLOS INMOBILIARIOS BAHÍA DE MÁLAGA, S.A., CIF A92684000, por auto de fecha 31 de julio de 2018 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:

"Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso VOLUNTARIO de acreedores de la entidad DESARROLLOS INMOBILIARIO BAHÍA DE MÁLAGA, S..A., por insuficiencia de bienes y derechos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 176.1-3 y 176 bis de la L, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.

Se acuerda la extinción de la sociedad, DESARROLLOS INMOBILIARIO BAHÍA DE MÁLAGA, S.A., debiendo procederse al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Málaga, para lo cual se librará el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución.

Del mismo modo se acuerda la aprobación de la rendición de cuenta presentada por la AC, por las razones expuestas en los fundamentos jurídicos de la presente, quedando imprejuzgadas las eventuales acciones de responsabilidad frente al AC.

En materia de costas no se hacen pronunciamientos en la materia.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación."

Málaga, 24 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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