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Documento BOE-B-2018-45861

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2018, páginas 58196 a 58196 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-45861

TEXTO

EDICTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Madrid.

En el procedimiento concursal nº 293/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Jados Equipos Solares y Auxiliares, S.L., con CIF nº B-84842483.

Se ha acordado en cese de la Administración Concursal.

Se ha acordado la disolución de la persona jurídica.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Madrid, 21 de septiembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 8 de Madrid.

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