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Documento BOE-B-2018-41871

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 2018, páginas 53390 a 53390 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-41871

TEXTO

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se,

HACE SABER:

Que en el procedimiento concursal 309/2013, seguido a instancias de la Procuradora Dña. María del Pilar García Coello, en nombre y representación de Don Rafael Pérez Lorenzo y Dña. Iinmaculada Nuez Gutiérrez, se ha dictado Auto el día 31 de Julio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

ACUERDO la finalización del presente procedimiento concursal 309/2013, seguido a instancias de Don Rafael Perez Lorenzo, con NIF número 42645142Z y Dña. Inmaculada Nuez Gutierrez, con NIF número 42677777N, por la causa expresamente prevista en el artículo 176.1.4 LC. De conformidad a lo previsto en artículo 178 de la LC cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda.

Se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de agosto de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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