Doña Cristina Mª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 992/2010 habiéndose dictado en fecha 11 de junio de 2018 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
- Se declara la conclusión del concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 992/2010, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Garcia Albert, Francisco José, en nombre y representación de la mercantil Pasta Viva, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación.
- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Ignacio Varona García, Abogado, con D.N.I. nº 24.350.957-X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Pasta Viva, S.L., con C.I.F. nº B-97558530, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 3 de mayo de 2018.
Valencia, 11 de junio de 2018.- El/La Letrado/a de la Admón de Justicia.
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