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Documento BOE-B-2018-40361

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 9 de agosto de 2018, páginas 50973 a 50973 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-40361

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Mª Valero Domenech, Letrada de la Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores con num. 000456/2018 habiéndose dictado en fecha 19/06/2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº. 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se tiene por personado y por parte a la mercantil TOWERS & OAKS STYLE, SL. y en su representación al Procurador Señor Garcia Albert, Francisco Jose, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la Declaración de Concurso Voluntario de Acreedores.

2.- Se admite a trámite dicha solicitud y se Declara el Estado de Concurso Voluntario de la mercantil Towers & Oaks Style, SL, con domicilio en c/ Reina Doña Germana, nº. 7-bajo, de Valencia, CP: 46005, y CIF. número B-98537467, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 9626, libro 6908, folio 142, hoja V-153814.

3- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el «BOE». Se acuerda expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito.

Así mismo se acuerda librar oficio junto con el edicto junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal, desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal, que será entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto mencionado.

4.- Se Declara Concluso el Concurso de Acreedores de la mercantil Towers & Oaks Style, SL, por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

5.- Se acuerda la extinción de la mercantil Towers & Oaks Style, SL, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.

Valencia, 22 de junio de 2018.- La Letrada de Administración de Justicia, Cristina Mª Valero Domenech.

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