El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la L.C.
Anuncia
1º.-Que en el procedimiento número 162/2013, con NIG 4109142M20120003077 por auto de conclusión de 16/02/18 cuya parte dispositiva es:
Acuerdo:
1.-Declarar la conclusión del concurso de Konecta Servicios Integrales de Consultoría, SL.
2.-Archivar las actuaciones.
3.-Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
4.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.-El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.
6.-El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
7.-La extinción de la entidad Konecta Servicios Integrales de Consultoría, SL, debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.
8.-Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.
9.-Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.
10.-Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
11.-Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.
Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Sevilla. Doy fe.
Sevilla, 3 de agosto de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
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