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Documento BOE-B-2018-39871

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 3 de agosto de 2018, páginas 50216 a 50216 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-39871

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid,

Anuncia:

Que en este juzgado se siguen autos de procedimiento concurso abreviado n.º 739/2018, de lo Mercantil Hermanos Clever Estudio, S.L., CIF: B86495207, en los que se ha acordado por auto de fecha 7 de junio de 2018 lo siguiente:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer el concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, don Borja Rayón, en nombre y representación de Hermanos Clerver Estudio, S.L., con CIF B86495207.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Hermanos Clever Estudio, S.L.. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del capítulo II del título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.

3. El deudor Hermanos Clever Estudio, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co., en los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a) Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b) Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.

c) Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.

Madrid, 7 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

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