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Documento BOE-B-2018-38669

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2018, páginas 48419 a 48420 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38669

TEXTO

Don Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, anuncia:

Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Abreviado 332/2011 referido a la mercantil Los Llanos de Talamanca, S.L. en el que se ha dictado Auto de fecha 05 de abril de 2018 que es del siguiente tenor literal:

AUTO

El/La Juez/Magistrado-Juez que lo dicta: Don Juan Carlos Picazo Menéndez.

Lugar: Madrid

Fecha. 05 de abril de 2018.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente procedimiento concursal por escrito de fecha 29 de noviembre de 2016, la administración concursal de Banco Castilla La Mancha y Don/Doña Antonia Magdaleno Carmona presentó escrito solicitando autorización para la venta de los bienes reseñados en dicho escrito, por un importe de 6.498.950,87.-€.

Los bienes objeto de privilegio especial son: fincas registrales: 3282, 217, 172, 164 y 411 del Registro de la propiedad número 2 de San Sebastián de los Reyes, Sección Talamanca del Jarama.

Segundo.- En fecha 10 de julio de 2017 se dictó diligencia de ordenación acordando conferir traslado a las partes personadas por plazo de tres días, no habiéndose formulado alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 155.4, párrafo primero, de la LC, tiene previsto que "la realización en cualquier estado del concurso de los bienes y derechos afectos a créditos con privilegio especial se hará en subasta, salvo que, a solicitud de la administración concursal o del acreedor con privilegio especial dentro del convenio, el juez autorice la venta directa o la cesión en pago o para el pago al acreedor privilegiado o a la persona que él designe, siempre que con ello quede completamente satisfecho el privilegio especial, o, en su caso, quede el resto del crédito reconocido dentro del concurso con la calificación que corresponda".

PARTE DISPOSITIVA

Autorizar la compraventa por importe de 6.498.950,87 euros a favor de MOSACATA, S.L., con las condiciones reseñadas en el escrito presentado en fecha 29 de noviembre de 2016 por la Administración Concursal de los siguientes bienes:

Fincas registrales: 3282,217,172,164 y 411 del Registro de la Propiedad número 2 de San Sebastián de los Reyes, sección Talamanca del Jarama.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, ante este juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2749-0000-00-0332-11 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2749-0000-00-0332-11.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 disposición adicional 15).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

El/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

El presente edicto se da de conformidad y a los efectos de lo establecido en el artículo 155.4 LC, pudiendo presentarse mejores posturas en el plazo de diez días.

Madrid, 12 de julio de 2018.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.

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