El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid
A N U N C I A
Que en el procedimiento concursal Concurso Abreviado 105/2008 referente al concursado PROSEPRO S.L. por auto de fecha 16/07/2018 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del concuso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y el archivo de las actuaciones.
2.- El cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.
3. - Conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción, librando el mandamiento oportuno al Registro Mercantil de Madrid.
4.-Se declaran aprobadas las cuentas de la administración concursal.
Madrid, 17 de julio de 2018.- El Letrado de la administracion de justicia, Enrique Calvo Vergara.
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