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Documento BOE-B-2018-38167

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 19 de julio de 2018, páginas 47778 a 47778 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38167

TEXTO

Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona

Hago saber:

Que, en este procedimiento, se ha dictado la interlocutoria de declaración de concurso y liquidación, los datos del cual son los siguientes:

Sección del concurso: concurso consecutivo 106/2018-A

NIG: 0801947120188001004

Fecha de la interlocutoria de declaración del concurso: 28.03.18

Clase de concurso: voluntario

Concursada: Don Lluís Prat Llobet, con DNI 38775328L y domicilio en la calle Miquel Cuní, 18, planta baja, 08370 - Calella.

Administradores concursales:

Como administrador concursal se ha designado a don Jose Ramon Tortajada Monllor, abogado, que tiene las siguientes direcciones:

Correo postal: Av. Francesc Macià, 60, planta 13, local 1, Sabadell

Correo electrónico: joseptortajada@tortajadaadvocats.com

Régimen de las facultades del concursado: suspendidas

Llamamiento a los acreedores: En el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, los acreedores tienen que comunicar sus créditos a la administración concursal a través de las direcciones postal o electrónica indicadas, a fin de incluirlas en la lista de acreedores y, posteriormente, llevar a cabo el reconocimiento y la clasificación, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley Concursal.

La lista de acreedores se podrá consultar en la oficina judicial, situada en la Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personarse: los acreedores e interesados que quieran comparecer en el procedimiento lo tienen que hacer representados por un procurador y asistidos de un abogado (artículo 184.3 de la Ley concursal). La personación se tienen que llevar a cabo en la oficina de tramitación concursal de los órganos mercantiles.

Presentación del plan de liquidación: la administración concursal ha presentado el plan de liquidación según el artículo 242 de la LC. Dese traslado al concursado y a los acreedores para que hagan alegaciones en el plazo de diez días y, además, en este plazo los acreedores pueden manifestarse si es conveniente la apertura de la sección sexta.

Barcelona, 27 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia M. José Hompanera.

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