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Documento BOE-B-2018-38164

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 19 de julio de 2018, páginas 47775 a 47775 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38164

TEXTO

Doña María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 718/2018 Sección: B

NIG: 0801947120188007477

Fecha del auto de declaración: 2 de julo de 2018.

Clase de concurso. Consecutivo

Entidad Concursada. Don José Antonio Ortiz Rascon, con DNI: 46649997V, con domicilio en Avenida Catalunya 12-18, ESCALERA C 2º 2ª, 08392 – Sant Andreu de Llavaneres.

Administrador concursal:

Se ha designado como administrador concursal:

Don Antonio Carlos Albert Seseña, de profesión economista.

Dirección postal: Calle Balmes 26, 3º 1ª, 08007- BARCELONA

Dirección electrónica: concursal@gacgrup.com

Régimen de las facultades del concursado: suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (edifici C) – Barcelona.

Habiéndose acompañado el plan de liquidación con la solicitud del concurso, se da traslado por plazo de diez días a la concursada y a acreedores personados, a fin de que puedan formular alegaciones al mismo. El el mismo plazo los acreedores podrán manifestarse, en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 9 de julio de 2018.- María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona.

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