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Documento BOE-B-2018-38046

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 17 de julio de 2018, páginas 47614 a 47614 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38046

TEXTO

D. José Luis Gutiérrez Martín, letrado de la Administración Justicia de Xdo. do Mercantil n.º1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º Sección I declaración Concurso 0000179 /2018-C- y NIG n.º36038 47 1 2018 0000035, se ha dictado en fecha 3 de julio del 2018 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor OBRAS TRANSPORTES Y CONSTRUCCIONES FONTEFRIA, S.L.,con C.I.F. número B 36371227 y domicilio social en Polígono Industrial A Pedreira n.º 37, Concello de Meaño.Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Tomo y Libro 2549, Folio 41, Hoja PO-26930, inscripción 1.ª

2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la abogada doña Rosa María Portela Hidalgo, con domicilio profesional en calle del Príncipe, número 6, 2.º Oficina 2, 36201. VIGO. tfno. 986-44.14.50 y 687 55.36.06. Correo

electrónico: concursal@ddceconomistasyabogados.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso por petición de la concursada, con disolución de la sociedad OBRAS, TRANSPORTES Y CONSTRUCCIONES FONTEFRIA, S.L., así como el cese de los administradores sociales. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5.º- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Pontevedra, 10 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

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