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Documento BOE-B-2018-37654

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 14 de julio de 2018, páginas 47081 a 47081 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-37654

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.° Que en el procedimiento número 818/2017, por Auto dictado en fecha 5 de julio de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil KEEKOROK CONSULTING, S.L., con CIF B83548677.

2.° Que la mercantil KEEKOROK CONSULTING, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.

3.° Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis LC.

4.° Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado.

5.º Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

6.° Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.

Madrid, 5 de julio de 2018.- Letrado de la Admón. de Justicia.

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