Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-36984

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2018, páginas 46260 a 46260 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-36984

TEXTO

Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 28/06/18, dictado en el procedimiento Concurso Abreviado n.º 000349/2015, NIG 12040-66-2-2015-0000415, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Andi Bau Construcciones, S.L.", domiciliado en calle Europa, 3, 2.º izq., Burriana, y CIF B12900965.

Segundo.- Mediante la resolución antedicha que ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

1. Se declara la conclusión del presente concurso de "Andi Bau Construcciones, S.L.", seguido bajo el número Concurso Abreviado número 000349/2015-IV, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2. Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.

3. En particular, acordar la extinción de la entidad "Andi Bau Construcciones, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4. El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia Ley Concursal (artículo 177.3 de la Ley Concursal).

5. A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la Ley Concursal), a los registros públicos que correspondan.

6. Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7. Notifíquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Castellón, 28 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid