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Documento BOE-B-2018-35781

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2018, páginas 44866 a 44866 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-35781

TEXTO

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal N.º 167/2013, seguido a instancias del Procurador Don Francisco Javier Pérez Almeida, en nombre y representación de doña ROSARIO FOINQUINOS MERA, con NIF 78544558H, se ha dictado Auto el día 11 de junio de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos; Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del presente procedimiento concursal Nº 167/2013, seguido a instancias de doña ROSARIO FOINQUINOS MERA, con NIF 78544558H.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la Administración Concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal y a librar exhorto para su anotación en el Registro Civil Central (Madrid).

7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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