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Documento BOE-B-2018-35778

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2018, páginas 44863 a 44863 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-35778

TEXTO

EDICTO

D./Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000140/2018, seguido a instancias de la Procuradora dña. JULIA COSTA MÍNGUEZ, en nombre y representación de RESGRANCA MASPALOMAS, S.L., se ha dictado auto el día 18 de mayo de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de RESGRANCA MASPALOMAS, S.L. con CIF, n.º B76155001, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y Tablón de este Juzgado.

Se designa como Administrador del concurso a: D. CARLOS MAURICIO BRAVO DE LAGUNA NAVARRO, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de centro comercial faro boulevard local 36, San Bartolomé de Tirajana y código postal 35100, teléfono 928-36.17.66 y FAX 928-36.19.23, así como dirección electrónica carlos@mbrabogados.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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