Edicto
Doña María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente,
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1.-Que en concurso voluntario y abreviado número 740/14, NIG 26089 42 1 2014 0007446, seguidos en este órgano judicial a instancia de Transportalada sociedad cooperativa con CIF F -F-26217414, se ha dictado en fecha veintidós de junio de dos mil dieciséis, auto declarando integramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de este órgano judicial de fecha dieciocho de enero del dos mil dieciséis.
2.-Que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento.
Logroño, 14 de junio de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.
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