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Documento BOE-B-2018-3280

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 20 de enero de 2018, páginas 4122 a 4122 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-3280

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1. La conclusión del proceso concursal de CORENER, S.L., por auto de 22/12/17, con n.º 875/13, negociado 8, y NIG 4109142M20130002468.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2. El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.

3. La declaración de extinción de la sociedad CORENER, S.L., con CIF B-91499293, y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

4. Notificar el extracto de esta resolución en el BOE cuya publicidad será gratuita.

Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil.

5. Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.

Sevilla, 16 de enero de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

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