Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 638/2018. por Auto dictado en fecha 24 de mayo de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil REGLA 22, S.L.U., con CIF: B86699295.
2º.- Que la mercantil REGLA 22, S.L.U. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3°.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4°.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilizad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;
6º- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 24 de mayo de 2018.- Letrado de la Admón. de Justicia.
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