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Documento BOE-B-2018-30332

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 2 de junio de 2018, páginas 38419 a 38419 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-30332

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Cifo González, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en el Concurso abreviado nº 815/14, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil IURIS TANTUM S.L contra don GABRIEL ÁNGEL ESPI MORO, con DNI. 21.655.482-Q se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 28/05/18, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de GABRIEL ÁNGEL ESPI MORO.

2. El deudor GABRIEL ÁNGEL ESPI MORO con DNI. 21.655.482-Q queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor GABRIEL ÁNGEL ESPI MORO que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26 de abril de 2018.

5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE y Registro Publico Concursal de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Civil

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art 177).

Así lo acuerda, manda y firma don Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, de lo que doy fe.

 

Alicante, 30 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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