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Documento BOE-B-2018-29787

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura por el que se publica la Resolución de la Dirección General de Carreteras en la que se aprueba provisionalmente y, en virtud de ella, se somete a información pública el Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos (EDTU) del término municipal de Cáceres.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2018, páginas 37784 a 37785 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-29787

TEXTO

Con fecha 12 de abril de 2018, el Subdirector General de Explotación, P.D. del Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha resuelto aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos (EDTU) del término municipal de Cáceres, para que se tramite de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, debiendo hacerse constar lo siguiente:

En lo referente a la Red de Carreteras del Estado, el término municipal de Cáceres es afectado por las carreteras convencionales N-630 y N-521, y las autovías A-66 y A-58. El citado EDTU solamente afecta a las dos carreteras convencionales.

En el mismo se han definido, al respecto de lo establecido en los artículos 46 a 48 de la Ley 37/2015, de Carreteras (BOE de 30/09/2015), aquellos tramos considerados urbanos, y aquellos otros considerados travesías; análogamente se fijan la línea límite de edificación, la arista exterior de la explanación, y derivadas de ésta última, las zonas de dominio público, servidumbre y afección de las citadas carreteras en cada tramo.

Asimismo se define la línea competencial, en virtud de la cual se representan las zonas en las que el Ministerio de Fomento es responsable de la conservación y mantenimiento de la carretera y sus elementos auxiliares, así como de la responsabilidad patrimonial, con las excepciones que se recogen en la memoria y los planos del propio documento. Fuera de estas zonas, la responsabilidad será municipal, con excepción de que los terrenos sean titularidad de terceros, en cuyo caso recaerá en éstos. Esta definición lo es sin perjuicio de que se mantiene la titularidad de los terrenos en los términos en que actualmente estén consolidados.

Con independencia de lo indicado, la explotación de la carretera y sus terrenos colindantes seguirá realizándose según lo indicado en los artículos 46 y 47 de la citada Ley, y en su caso del Reglamento que la desarrolle.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el art 48.4 de la Ley 37/2015, de Carreteras (BOE de 30/09/2015), mediante el presente anuncio, se somete el citado Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos a trámite de información pública durante un período de treinta (30) días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Según lo determinado en dicho artículo, las observaciones en este trámite solamente se podrán tener en consideración si versan sobre la repercusión que el estudio tendría en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.

Durante el plazo indicado el Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la Unidad de Carreteras de Cáceres, en horario de 09h a 14h, sita en la Avenida Ruta de la Plata nº 13 – 10071 Cáceres; asimismo, en la sede electrónica del Ministerio de Fomento http://mfom.es/participacion-publica y en el Excmo Ayuntamiento de Cáceres, a fin que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.

Badajoz, 25 de mayo de 2018.- El ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, José Manuel Blanco Segarra.

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