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Documento BOE-B-2018-29501

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental sobre aprobación del Expediente de información pública y definitiva del Proyecto de Trazado «Construcción de canal a cielo abierto-Sentencia R.C.A. 1242/2002-junto al p.k. 141 en la margen izquierda de la Autovía de Sierra Nevada, A-44 Tm. de Otura (Granada)». Provincia de Granada. Clave: 39-GR-4190.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2018, páginas 37456 a 37456 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-29501

TEXTO

Con fecha 25 de enero de 2018, El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (Orden FOM 1356/2016, de 20 de julio sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento) ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Trazado «Construcción de canal a cielo abierto-Sentencia R.C.A. 1242/2002-junto al p.k. 141 en la margen izquierda de la Autovía de Sierra Nevada, A-44 Tm. de Otura (Granada)» con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 156.105,14 euros, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:

1.1 La conexión con el cauce del Arroyo del Suspiro deberá realizarse de modo que forme como máximo un ángulo de 45º con el sentido de la corriente.

1.2 En el caso de ejecutar la solución proyectada, deberá protegerse el cauce del arroyo disponiendo escollera en la parte baja del talud hasta un tercio de su altura, con pendiente 2H.1V o similar y empotrada como mínimo 1,5 m por debajo del lecho. Además esta escollera no deberá hormigonarse y la longitud del tramo y su tamaño deberá calcularse de modo que no pueda ser arrastrada por la corriente. Todo ello se debería ejecutar sin reducir la sección del cauce natural y revegetando la parte superior de los taludes con especies autóctonas de ribera.

1.3 Que en el canal se dispongan rastrillos de escollera aguas abajo de las cadenas para evitar el arrastre de material erosionado al cauce.

2. Ordenar que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimenten las prescripciones expuestas anteriormente.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Ministro del Departamento en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Granada, 9 de mayo de 2018.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras, José el Cerro Grau.

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