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Documento BOE-B-2018-25625

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 7 de mayo de 2018, páginas 33038 a 33038 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-25625

TEXTO

Doña ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 373/2017 y NIG nº 30030 47 1 2017 0000785 se ha dictado en fecha 17-04-2.018 auto de declaración de concurso voluntario por el procedimiento abreviado del deudor GRAFICAS ARTEMOL, S.L., con CIF B-30392294, cuyo domicilio social lo tiene en Ctra. de Madrid- Cartagena, KM 386, Polígono Industrial "La Polvorista", Molina de Segura, Murcia.

2.º Se ha acordado respecto de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Ha sido nombrado administrador Concursal:

DE JURE CONCURSAL DE FACTO S.L.P., con CIF B-73794653 con domicilio profesional en Carril de la Condomina, 3, 8ª- 30006 Murcia, Teléfono 670885203 Fax 868.869.514

Y como dirección electrónica garciama@economistas.org

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal.

6.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal.

Murcia, 3 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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