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Documento BOE-B-2018-24885

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2018, páginas 32197 a 32197 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-24885

TEXTO

Edicto

D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 0000477/2017, N.I.G. número 30030 47 1 2017 0001048, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 23 de abril de 2018 autos de declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación de mercantil "Ecolodais Vega Media, S.L.", con C.I.F. número B73324824, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Juan de Juanes número 3 Ceutí (Murcia).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Administradores Concursales Asociados de Murcia, S.L.P.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Avenida de la Constitución, n.º 2, 5.º B, C.P. 30008, Murcia.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: acrego@cregoabogados.com.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Murcia, 26 de abril de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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