Edicto
D. Alberto Obón Díaz, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 de Teruel, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 118/2018, se ha dictado, en fecha veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, auto de Declaración de Concurso y Conclusión de Concurso Abreviado del deudor Econatura Consulting Medio Ambiental, S.L., con CIF n.º B-44152833, con domicilio social en la Avenida de Aragón, n.º 47, planta 1.ª, de Teruel.
2º.- Conforme establece el art. 176.1.3.º y el art. 176 bis 4, ambos de la LC se declara la Conclusión del Concurso, por insuficiencia de masa activa.
3º.- Los legitimados conforme a la ley concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado.
4º.- La deudora tiene el deber de comparecer personalmente ante este juzgado y ante la administración concursal cuantas veces sea requerida y asimismo tiene el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.
5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del registro público concursal: www.publicidadconcursal.es
Teruel, 6 de abril de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.
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