Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,
Hace saber: Que en este Juzgado y con el número 251/2010-C- se siguen autos de Declaración de Concurso Voluntario de PIRSA O GROVE, S.A., representada por la procuradora doña María del Amor Angulo Gascón, en los que, con fecha 12-04-2018 ha recaído auto, ya firme, de conclusión del artículo 152.2 de la L.C.; resolución cuya parte dispositiva literalmente dice:
1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de PIRSA O GROVE, S.A. con CIF Número A-36.056.570, y domicilio en Plaza de Pasarón número 1, bajo, 36005 Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 664, Folio 29, Hoja nº PO-9138, Inscripción 1º, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad PIRSA O GROVE, S.A. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6.-Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la L.C.).
Así lo manda y firma S.S. Doy fe.
Pontevedra, 12 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
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