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Documento BOE-B-2018-22009

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 14 de abril de 2018, páginas 28787 a 28787 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-22009

TEXTO

Edicto

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hace saber:

En el procedimiento seguido ante este Juzgado con el número 118/16 de la mercantil VIVIENDAS TITALOR S.L., cif B- 73518995 se ha dictado auto de fecha 04/04/18, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Viviendas Titalor S.L.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 10 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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