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Documento BOE-B-2018-20263

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 5 de abril de 2018, páginas 26677 a 26678 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-20263

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 459/2011 habiéndose dictado en fecha 22/03/18 por el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, Auto firme de conclusión de Concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Se DECLARA la Conclusión del Concurso Ordinario Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 459/2011, promovido por la Procuradora Sra. GIL FURIO, SARA, en nombre y representación de la mercantil SUMINISTROS GARCAMPS, S.A., con domicilio en Paterna (Valencia), Ctra. Valencia-Ademuz, km. 10.400, y provista de CIF A-46251104, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 2827, folio 206, Hoja V-2157 y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.-Se acuerda disponer el cese de la administración concursal integrada por D. Fernando Martínez Sanz, con NIF 05.386.015-J, Abogado, con despacho profesional en Castellón, calle Asensi, 1-2ª-4ª;, D. Xavier Sierra Parra, con NIF 20.761.033-Z, Economista, con despacho profesional en Alzira (Valencia), Pl. Carbó, 8-1º y D. Victor Negrete Collado con NIF 25.420.424-L, Economista, con despacho profesional en Valencia, calle Beatriz Tortosa, 4-1º, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la EXTINCIÓN de la mercantil SUMINISTROS GARCAMPS, S.A., con CIF A-46251104, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 2827, folio 206, Hoja V-2157, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5 de febrero de 2018.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán a la Procuradora de la concursada GIL FURIO, SARA a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos así como acreditación de haber efectuado su correspondiente anotación registral en el BORME.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art. 177.1 L.C.).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fé.

El/La Magistrado/a Juez/a El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

Valencia, 22 de marzo de 2018.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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