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Documento BOE-B-2018-20258

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 5 de abril de 2018, páginas 26670 a 26672 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-20258

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

D. José Damián Bailón Pérez Mila, El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago Saber:

Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado n.º 624/2017, de la entidad Ingeniería Software De Canarias S.L. con CIF n.º B76530856 se ha dictado Auto de fecha auto de fecha 09/03/18 se ha declarando el concurso, por la Juez Sonia Martínez Uceda del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente:

PRIMERO.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Dña. Irma Amaya Correa, en nombre y representación de la mercantil Ingeniería Software De Canarias S.L., con CIF, n.º B76530856.

SEGUNDO.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Ingenieria Software De Canarias S.L. con CIF n.º B76530856, y domicilio en Calle Romano, número 14, Barranco Hondo, Candelaria, S/C de Tenerife.Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (art. 191 LC).

TERCERO.- El deudor Ingeniería Software De Canarias S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

CUARTO.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a la mercantil A & A2A AUDIT LEGAL CONSULTING S.L.P., (inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas), que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso.

QUINTO.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.

SEXTO.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.

SÉPTIMO.- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita al Tomo 3.171, Folio 11, Hoja TF-48168.

OCTAVO.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

NOVENO.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que son D.ª María Eugenia Real Valcarcel.

DÉCIMO.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto.

UNDÉCIMO.- Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la LC. En tal sentido, ofíciese a los siguientes Juzgados donde se tramiten ejecuciones contra la concursada.

Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.

DUODÉCIMO.- Requiérase al Deudor para que en el plazo de diez días presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos a la fecha de declaración del concurso.

DECIMOTERCERO.- Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación, contra los demás pronunciamientos del Auto cabe Recurso de Reposición p

Así lo dispone, manda y firma D.ª Sonia Martínez Uceda, Juez, del Juzgado de lo Mercantil N.º1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

El Juez El Letrado de la Administración de Justicia

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuíta en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, D. Jorge Zambrana Ledesma, con DNI 31846439H actuando en nombre de la empresa A & A2A AUDIT LEGAL CONSULTING S.L.P. con domicilio profesional C/ Robayna, n.º 8, oficina 1, 38003 Santa Cruz de Tenerife con número de teléfono 902.193.217 y fax 902.195.296 correo concursal1@cyoauditores.com

Santa Cruz de Tenerife, 20 de marzo de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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