ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.-Con fecha 31 de julio de 2017, ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L., solicita Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del proyecto de adecuación de línea aérea 132 Kv Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén).
Segundo.-De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió a un periodo de información pública la solicitud mencionada insertándose anuncios en BOE núm. 273 de 10 de noviembre de 2017 y la corrección de errores en el número 300 del lunes 11 de diciembre de 2017, BOJA núm. 5, de 8 de enero de 2018, BOP de la provincia de Jaén núm. 236, de 13 de diciembre de 2017 y Diario Ideal de 15 de noviembre de 2017.
Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el art.º 144 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunica el 16 de octubre del 2017 al Ayuntamiento de Pozo Alcón donde radican los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público en el tablón de edictos por un periodo de 20 días, a fin de que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los art.º 145 y 147 del mencionado Real Decreto. Según certificado del Secretario Municipal de fecha, 23 de octubre del 2017 no se han producido alegaciones en contra del establecimiento de la instalación.
Tercero.-De acuerdo con lo que prevé el art.º 146 del R.D. 1955/2000, se remitieron las separatas del proyecto al Ayuntamiento de Pozo Alcón y a la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad con las instalaciones así como que establecieran los condicionados técnicos procedentes.
El Ayuntamiento de Pozo Alcón ha contestado dando su conformidad a la instalación y declaración de utilidad pública, no poniendo ningún condicionado a la instalación que sea necesario modificar el proyecto inicial. La Comunidad de Regantes de Pozo Alcon, Hinojares y Cuevas del Campo no se pronuncia.
El proyecto de las instalaciones no es necesario someterlo al tramite de Autorización Ambiental Unificada al ser la longitud de la LAMT inferior a tres mil metros, según epígrafe 2.17 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-Esta Delegación Territorial es competente para conceder la citada Autorización Administrativa Previa, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 132.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
La Declaración, en concreto, de la Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
A tenor de lo establecido en la Sección 3.ª "Alcance y Límites de la Expropiación", desarrollada en el artículo 157 y siguientes del reiterado Real Decreto 1955/2000, la servidumbre de paso de línea aérea comprenderá:
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.
Segundo.- La Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado R.D. 1955/2000, habiéndose tenido en cuenta el cumplimiento de las limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de acuerdo con lo estipulado en el art.º 161.
Visto los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y Ley 40/2015 de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial.
RESUELVE:
Primero.-Otorgar a Endesa Distribución Elétrica, S.L.U., Autorización Administrativa a la instalación eléctrica de "adecuación de Línea Aérea 132 KV. Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén)".
Segundo.-Declarar la Utilidad Pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados, que se sometieron a información pública en el anuncio publicado relacionados en el ANEXO, y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente, comprenderá el vuelo sobre el predio sirviente, quedando limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos, el derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea y corte de arbolado.
Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución de ésta instalación, con las características técnicas siguientes:
Características de las instalaciones:
Sistema: Corriente alterna trifasica a 50 HZ.
Tensión Nominal: 132 KV.
Categoría: Primera.
Longitud nueva construcción: 402,79 m.
Longitud retensado línea existente: 744,30 m.
Longitud nueva LAAT 132 KV. E/S SE Pozo Alcon: 22,95 m.
Número de circuitos: 1/2 (E/S SET).
Conductor LA – 280.
Número conductores por fase: 1.
Disposición de los conductores por fase: Tresbolillo/ doble bandera (66 bis).
Temperatura máxima del conductor: 75 ºC.
Cable de tierra: 1 x ARLE- 9,78.
Zona: B.
Tipo de aislamiento: Vidrio 10xU-100BS.
Puesta a tierra: Electrodo de difusión.
Cuarto.-Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen así como los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.
2. El plazo de puesta en marcha será de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo. A dicha solicitudes acompañara un certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo competente, que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas, y se adjuntará informe técnico con resultado favorable, de las verificaciones previas a la puesta en servicio.
4. La Administración Autonómica dejara sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella, y previa instrucción del expediente oportuno, acordará en este supuesto la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
5. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.
Quinto.-Cualquier modificación del trazado se someterá a la preceptiva aprobación de proyecto.
Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Relación de propietarios con bienes y derechos afectados del proyecto de adecuación de línea aérea 132 Kv Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén)
Datos de la Finca |
Afección |
||||||||||
NºParcela S/Proyecto |
Propietario |
Término Municipal |
Paraje |
Parcela S/Catastro |
Polígono |
Vuelo (m) |
Apoyos |
Ocupación |
Cultivo |
NºParcela S/Proyecto |
Propietario |
Longitud |
Supf(m2) |
Núm. |
Superf(m2) |
Temp (m2) |
|||||||
1 |
HEREDEROS DE JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ |
POZO ALCÓN |
EL VISO |
69 |
7 |
62,65 |
304,21 |
66 |
49,15 |
300 |
OR OLIVOS REGADÍO |
2 |
GENOVEVA SÁNCHEZ AMADOR |
POZO ALCÓN |
EL VISO |
710 |
7 |
34,30 |
220,37 |
- |
- |
- |
OR OLIVOS REGADÍO |
3 |
AYUNTAMIENTO DE POZO ALCÓN |
POZO ALCÓN |
CAMINO |
9122 |
7 |
42,46 |
320,74 |
- |
- |
- |
I - IMPRODUCTIVO |
4 |
ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.L.U. |
POZO ALCÓN |
EL VISO |
571 |
7 |
48,41 |
225,88 |
66bis |
27,98 |
300 |
OR OLIVOS REGADÍO |
5 |
SERGIO FERNÁNDEZ LARA |
POZO ALCÓN |
NO INFORMADO |
910 |
7 |
62,38 |
412,22 |
- |
- |
- |
MT MATORRAL |
6 |
SERGIO FERNÁNDEZ LARA |
POZO ALCÓN |
LOMA DE LA PEQA |
66 |
7 |
4,56 |
71,75 |
- |
- |
- |
AM ALMENDRO SECANO |
7 |
AYUNTAMIENTO DE POZO ALCÓN |
POZO ALCÓN |
EL VISO |
595 |
7 |
82,72 |
1.092,70 |
- |
- |
- |
I - IMPRODUCTIVO |
8 |
MARINA RODRÍGUEZ AMADOR |
POZO ALCÓN |
LOMA DE LA PEQA |
87 |
7 |
84,26 |
894,51 |
67 |
60,53 |
300 |
AM ALMENDRO SECANO |
Jaén, 21 de febrero de 2018.- La Dirección General de Industria, Energía y Minas. P.D. (Resolución 9.03.2016 Boja n.º 51), la Delegada Territorial, M.ª Paz del Moral Milla.
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