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Documento BOE-B-2018-17880

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 20 de marzo de 2018, páginas 23647 a 23647 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-17880

TEXTO

Edicto

D. Jorge González Rodríguez, Letrado titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 27/12/17, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000651/2013, N.I.G. n.º 12040-66-2-2013-0000726, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "BREDESON, S.L.", domiciliado en Avenida Mediterrani, s/n, Villlarreal, y C.I.F./D.N.I. número B12745535.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"...1.-Se declara la Conclusión del presente concurso de BREDESON, S.L., seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000651/2013-I., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, Acordar la Extinción de la entidad BREDESON, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso..."

Castellón, 28 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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