Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-17571

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2018, páginas 23203 a 23203 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-17571

TEXTO

Edicto.

Don José Luis Gutiérrez Martin, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil nº 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que el los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000016/2018-C- y NIG nº 36038 47 1 2018 0000024, se ha dictado en fecha 5.3.18 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Cunigalicia Sociedade Cooperativa Galega, con CIF número F-36.358.596, con domicilio social sito en Recinto Feral s/n, CP 36.540 de Silleda. Inscrita en el Registro de Cooperativas de Galicia, al Tomo I, Folio 192, Inscripción 192-SCT.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Economista D. Angel Pascual Rubin, con, despacho profesional en Parque de San Lázaro, número 8, 3º izquierda, 32003 Ourense. con teléfono 988 51.01.01 y dirección de correo electrónico: cunigaliciaconcurso@advgrupo.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado al llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4º.- Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso por petición de la concursada. Quedan en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Se ha acordado la disolución de la entidad concursada y el cese de los administradores miembros del consejo rector, que serán sustituidos por la AC, así como de los interventores. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Pontevedra, 13 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid