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Documento BOE-B-2018-17111

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 17 de marzo de 2018, páginas 22447 a 22447 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-17111

TEXTO

Don Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 al que remite el 177.3 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

En el procedimiento concursal nº 803/2010 del deudor PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE VIVIENDAS S.L. con C.I.F.: B-78965605 se ha dictado auto con fecha 07/03/2018 por el que se ha declarado concluso el concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.

En la misma resolución se ha acordado:

1 -El cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

2 -La extinción de la persona jurídica deudora.

3 -El cese de la de la Administración concursal.

El citado auto es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC).

Madrid, 14 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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