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Documento BOE-B-2018-17034

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 17 de marzo de 2018, páginas 22370 a 22370 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-17034

TEXTO

Edicto.

D.ª Carmen Ramos Fernández, Letrada de la A. J. del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal n.º 1481/2017, en el que se ha dictado auto declarando el estado de concurso consecutivo voluntario de ENRIQUE MIGUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, con DNI 25.378.665-M, y MARÍA ISABEL ALBIÑANA CASTILLEJO, con DNI 24.339.472-K, y domicilio ambos en Valencia, calle Félix del Río, 65-14, y se ordena darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso consecutivo voluntario 1481/2017.

NIG del procedimiento: 46250-42-1-2017-0056145.

Entidad concursada.- Las personas físicas ENRIQUE MIGUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ y MARÍA ISABEL ALBIÑANA CASTILLEJO.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Administrador concursal.- D. Antonio Orero Clavero, con domicilio profesional en la calle Colón, 9-15, de Valencia, con correo electrónico aorero@icav.es

Facultades de los concursados.- Suspendidas.

Forma de presonación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la LC.- Los acreedores de los concursados deberán ponerlos en conocimiento de la Adminsitración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos e informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Valencia, 5 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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