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Documento BOE-B-2018-12735

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 3 de marzo de 2018, páginas 16138 a 16138 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-12735

TEXTO

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento numero 1677/17, con NIG 2104142020170014600 por auto de fecha 05/02/18 se ha declarado en concurso voluntario a los deudores MANUEL ÁNGEL ABREU VIEGAS y CINTA ORTA FERNÁNDEZ, ambos con domicilio en Cl. Filón Norte, 20, sito Barriada de Corrales - Aljaraque (Huelva).

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Francisco Jose Barragan Rivas, con domicilio postal C/ Jesús y María n.º 1 de Valverde del Camino ( Huelva ) y direccion electronica fbarragan2165@icahuelva.es.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Publico Concursal.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC).

5.º Se anuncia la apertura de la Fase de Liquidación, sección quinta, acordándose lo siguiente respecto a sus efectos:

1. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

2. Aplicar las normas contenidas en el Título III de la LC, en cuanto no se opongan a las específicas contenidas en el Capítulo II, de la fase de liquidación, artículos 142 y siguientes de la LC, con las especialidades del artículo 242 de la LC.

3. Anunciar la apertura de la fase de liquidación aquí acordada, en los mismos edictos de la declaración del presente concurso.

4. Anotar e inscribir la apertura de la fase de liquidación aquí acordada, en los mismos registros en donde se deba anotar e inscribir la declaración del presente concurso.

5. El Administrador Concursal deberá presentar un plan de liquidación previsto en el articulo 242.8 LC, en los diez días, siguientes a la apertura de la fase de liquidacion.

Huelva, 6 de febrero de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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