Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona hago saber que:
En el concurso abreviado 404/2011-Sección quinta: convenio y liquidación 404/2011 se dictó Auto por el que se ha declarado concluso el concurso.
La msima resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsitentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
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Barcelona, 13 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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