Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º Que en el procedimiento Concurso ordinario 112/ 2013 por Sentencia de fecha 4.5.2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176.1 causa número 3 de la Ley Concursal en relación con el art. 176.bis L.Co.
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 13 de febrero de 2018.- El/la Letrado/a de la Admón. de Justicia.
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