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Documento BOE-B-2018-10512

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 22 de febrero de 2018, páginas 13254 a 13255 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-10512

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 201/2015 habiéndose dictado en fecha 8 de febrero de 2018 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Acuerdo:

1.- Se declara la conclusión del concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procemiento 201/2015, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Alapont Beteta, Juan Miguel, en nombre y representación de la mercantil Distribuciones Nadu, SL, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don José Luis Sanchis Figueras, con DNI n.º 22.533.763-L, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Distribuciones Nadu SL, con C.I.F. B96097977, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 21 de diciembre de 2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Alapont Beteta, Juan Miguel a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llevese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y fima S.Sª. Doy fé.

Valencia, 8 de febrero de 2018.- El/La Letrado/a Admón. Justicia.

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