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Documento BOE-B-2017-977

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2017, páginas 1179 a 1179 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-977

TEXTO

E D I C T O

Doña Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección primera de Declaración de concurso consecutivo Voluntario Abreviado 0000319/2016 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 19-12-16 autos de declaración de concurso abreviado, y de apertura de la fase de liquidación de la mercantil Zapping Mobel, S.L., con C.I.F. número B-30326243, con domicilio en Yecla, Avenida de la Paz Paraje de la Magdalena, s/n.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, que serán sustituidas por la administración concursal.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal designada es:

Drie Sonne amc Sociedad Limitada Profesional, representada para este concurso por el Letrado José Vicente Echeverría Jiménez, domicilio profesional Calle Alejandro Seíquer, número 5, 2.º-B C.P. 30001 (Murcia), teléfono 968211812, fax 968211789 y dirección de correo electrónico drie.concursos@gmail.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6.º Dar traslado por diez días, a los acreedores concursales del plan de liquidación, para que puedan formular alegaciones.

7.º El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

8.º Con respecto a la sección sexta de calificación del concurso, se acordará lo procedente una vez aprobado el plan de liquidación conforme establece el art. 167 de la Ley Concursal.

9.º En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web: www.oficinajudicialmurcia.es.

Murcia, 21 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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