Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-8323

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2017, páginas 9876 a 9876 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-8323

TEXTO

D./D.ª Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 1063/2016 y NIG n.º 07040 47 1 2016 0001751 se ha dictado en fecha 26/01/2017 auto de declaración de concurso voluntario ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor Tolkeyen Proyectos y Reformas, S.L., con CIF B-57875957, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Espartero, n.º 8, de Palma de Mallorca.

2º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.º Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Centre D'Organitzacio per la Pime, S.A., en cuyo nombre el economista D. Francisco Torrens Cabello ha aceptado el cargo con fecha 3 de febrero de 2017, quien ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias del cargo de Administrador concursal.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Vía Alemania, 4 – 1.º A, 07003 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico info@copimesa.es, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 3 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid