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Documento BOE-B-2017-8316

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2017, páginas 9869 a 9869 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-8316

TEXTO

Edicto

Doña Catalina Cadenas de Gea, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo mercantil número 2 de Málaga se tramita expediente de jurisdicción voluntaria 706/2016 que tiene por objeto la invalidación de los efectos de papel fianza Clase 50.000 desde 44473 hasta 44776, por valor de 200.000 pesetas, frente a la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana de la provincia de Málaga que se sustancia conforme a los artículos 132 y concordantes de la Ley 15/2015 reguladora de la jurisdicción voluntaria.

A tal fin se ha acordado la celebración de comparecencia ante quien suscribe para el próximo 5 de abril de 2017 a las 10:00 horas, que se seguirá por los trámites previstos en el art. 18 LJVOL y en lo no previsto por los trámites previstos en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil para la vista del juicio verbal que se celebrará en la sala que se asigne a este juzgado sita en Ciudad de la Justicia c/ Fiscal Luis Portero García, s/n., Málaga.

Mediante el presente pongo de manifiesto a los interesados que acrediten interés legítimo que podrán comparecer el día señalado para la comparecencia a los efectos de que puedan hacer valer sus derechos, con los siguientes apercibimientos:

1.º Si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en los 5 días siguientes a su citación -sea personal sea mediante la publicación de los edictos-y no se hará contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea. Del escrito de oposición se dará traslado a la parte solicitante inmediatamente (17.3 LJVOL).

2.° Los interesados deberán acudir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (17.3 LJVOL).

3.° Si el solicitante no asistiere a la comparecencia, el Secretario Judicial acordará el archivo del expediente, teniéndole por desistido del mismo. Si no asistiese alguno de los demás citados, se celebrará el acto y continuará el expediente, sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (18.11.° LJVOL).

4.° Que en cuanto fueran de aplicación a este expediente por la naturaleza de los títulos cuya invalidación se solicita serán de aplicación las reglas establecidas en los apartados 4 a 9 del art. 135 de la LJVOL.

Málaga, 12 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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